INGENIERÍA CIVIL

 

 
 
 

CIII REUNIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

  DE LA FADIC
   
 

Informe del Ing. Civil Daniel Bisñuk de la CIII Reunión del Consejo Directivo de la Federación Argentina de la Ingeniería Civil (FADIC). La misma se realizó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los dias 02 y 03 de Julio de 2015.

 

 

 

 

Día 1: Jueves 02 de julio de 2015

1- Se dio lectura del Acta de la CII reunión del Consejo Directivo realizada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 14 y 15 de mayo de 2015.

Temas a destacar:

Se trató el proyecto para modificar el Artículo 43 de la Ley de Educación Superior (Ley 24.521), el cual lo está tratando el Consejo Interuniversitario Nacional – CIN. El CIN decidió que a esta instancia sólo participa el sector académico quedando excluida la participación de las federaciones
profesionales. El CIN formó para ello una comisión de cinco Universidades para la redacción del citado proyecto, con el agravante que solamente una de ellas (la UTN) posee carrera de Ingeniería Civil, por lo que desde la FADIC se ve la necesidad de hacer contacto con los rectores de las Universidades afines para proteger nuestros intereses de la ingeniería civil.

Artículo 43º - Cuando se trate de títulos correspondientes a profesionales reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos:

a) Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades;

b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.

El Ministerio de Educación determinará con criterio estrictivo, en acuerdo con el Consejo de universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.

Se puso a consideración del Consejo Directivo la aprobación de la Resolución N° 1 de la FADIC, sobre la interpretación de la Resolución Ministerial 2145/2014.

Se concluyó aprobar un incremento en la cuota societaria FADIC de un 70% a partir de abril de 2015. Las nuevas tarifas societarias son: $680 (antes $400), $1.020 (antes $600) y $1.700 (antes $1.020). Los representantes de Santa Fe no aprobaron el incremento.

2- Lectura y consideración de la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos auditados por el Contador Público y el dictamen delórgano de fiscalización por el ejercicio finalizado el 31/03/2015.

Los representantes de Santa Fe se negaron a aprobar la memoria alegando que la misma debiera describir el balance, y que dicha información no fue expresada ni descripta en la memoria, mencionando que cuando se aprueba la memoria se aprueba con el balance. Por lo que Santa Fe, no aprobó la memoria por resultar sucinto y sin aclaración de los gastos de viáticos.

El Presidente de la FADIC, Ing. Ricardo Ferullo, propuso aprobar la memoria y hacer las aclaraciones, peticionadas por Santa Fe, en una nota interna la próxima asamblea. Santa Fe expresa nuevamente que la IGJ (Inspección General de Justicia) puede observar dicha consideración y no aprobarla. Así mismo, se aclara a los representantes de Santa Fe, que la memoria había sido objetada inicialmente por ser muy amplia y habiéndose enviada por correo electrónico, se entendía que los reclamos debían hacerse llegar antes. Finalmente se aprueba la memoria y el balance del ejercicio anterior 2014-2015, con el voto negativo de Santa Fe.

Se informa que las reuniones para el próximo año (2016) se modificarán de domicilio, puesto que el propietario no continuará alquilando el local para las reuniones de la FADIC por los disturbios ocasionados en la última reunión.

Se propone que las próximas reuniones sean 27 y 28 de agosto en Corrientes y 12 y 13 de Noviembre en Río Negro.

El tesorero informa que los Consejos que hayan adelantado cuotas societarias, se les cobrará la diferencia ajustando la nueva cuota societaria.

Se informa que la FADIC tiene media coordinación internacional, puesto que es Adjunta, lo cual es un punto favorable ya que en un cierto tiempo tomará la coordinación internacional de Ingeniería Civil.

3- Ministerio de Educación

Trabajos Tropográficos:

Santa Fe dice que ya se agotó la vía estratégica en cuanto al Ministerio de Educación y propone iniciar un proceso judicial.

En este sentido, se hizo mención a la Resolución Ministerial N° 2145/14, la cual expresa que las incumbencias son reguladas por el Consejo de Universidades, por lo cual es estratégico conversar, en la medida de las posibilidades, con los rectores para defender los intereses de la ingeniería civil; de todas formas también es importante poder explicar a los decanos nuestras inquietudes en relación a las incumbencias de la ingeniería civil, ya que los rectores pueden no estar presentes en las reuniones dónde se exponen los temas y se marca una postura, siendo que
al momento de la votación los rectores son los únicos que poseen voto.

Actualmente, se expresó que el Consejo de Universidades dice que las mensuras pueden hacer los ingenieros agrimensores, agrimensores y los civiles según el plan de estudios. A priori, la Resolución N° 2145/14, habilitaría a los civiles a efectuar mensuras hasta los planes del año 2001 y luego a partir del año 2014, por el cual, cabría un grupo de planes de estudio que quedarían excluidos de esta incumbencia.

Al respecto, se aprobó, luego de varios intentos, la Resolución N° 1 de la FADIC, a los efectos de disponer de un instrumento formal más contundente que una Nota formal para exponer una interpretación y postura de la Federación respecto de la Resolución Ministerial N° 2145/14, en relación a las mensuras. Cabe resaltar, que nuevamente los representantes de Santa Fe no estuvieron de acuerdo con la cuestión.

4- Novedades

El vocal por Entre Ríos expone que la Corte Suprema no dio lugar a la inconstitucionalidad del artículo planteado, por lo cual el fallo reafirma que los Consejos tienen jurisdicción nacional, comentándose que más allá de ello puede existir Convenios entre el Consejo de Buenos Aires y los provinciales Córdoba, Tucumán, etc.

5- Varios

El Secretario, Ing. Cagliani, propone crear la Revista FADIC. No se ha encontrado un consenso favorable entre los presentes en la mesa por los costos implicados, considerando que la tirada debiera ser amplia para conseguir buena penetración publicitaria. Se propone reactivar la página web y buscar sponsor de grandes empresas como Acindar, YPF, cementeras, etc.

Se propone redefinir la Misión, Visión y Objetivos de la FADIC, es decir, ¿qué es lo que va a hacer la FADIC? Puesto que hasta el momento es la única Federación que no ha podido suscribir una Resolución.

El representante de Chaco, Ing. Sergio Duarte, expone que hay un avasallamiento de las provincias en relación a que las obras a ejecutar son decididas, proyectadas y empaquetadas a nivel nacional, omitiendo un orden de prioridad que bien se pueda establecer a nivel provincial. Por lo cual, se debería buscar la forma de fortalecer la Autonomía Provincial y plantear las Obras Necesarias, en base a una planificación de prioridades provincial, al Gobierno Nacional.

Se ha comentado que al momento no tenemos una visión política de la institución, el Ing. Cagliani indica que se debe militar para la ingeniería, por lo cual se debería posicionar ingenieros en las instituciones.

El representante de Corrientes, explicó la situación que se tenía en Vialidad Provincial de Corrientes en los años anteriores, en los que los Agrimensores ejercían la Inspección de las Obras Viales, aproximadamente eran seis agrimensores los que desplazaban a los ingenieros. Situación que fue revertida actualmente, se ha logrado ubicar a ingenieros en dichas funciones, pero al día de la fecha no existe un marco legal que indique que la Inspección de las Obras sea exclusivamente realizada por un ingeniero. Por lo que, expone que para la próxima reunión intentará solicitar nuevamente una audiencia con el Sr. Gobernador. Agregando, que si la mayoría está de acuerdo, o bien, para los que quieran puede coordinar una visita técnica a la Represa Yaciretá, yendo el sábado por la mañana y regresando a la tarde tipo 19hs. En este sentido, los asistentes en la mesa opinan que sería bueno regresar para las 15hs, dado que el último vuelo es por la tarde tipo 19hs.

Día 2: Viernes 03 de julio de 2015

Los representantes nos reunimos para la mesa ejecutiva al mediodía, asistiendo a la extensión del Congreso de la Nación. En el mismo, nos recibió el Asesor del Diputado Bernardo Biella Calvet por el bloque UDESO Salta, a los efectos de tratar la modificación y/o proyecto del Decreto - Ley 6070/58. Por lo cual nos manifestó que existe ya una presentación de la modificación de los Artículos 1° y 11° del citado Decreto, los mismos se transcriben a continuación:

El proyecto fue presentado por San Juan, y se encuentra vigente y debería ser retomado por un Diputado para su tratamiento en comisión y luego en el recinto. Se nos entregó una copia del proyecto de modificación, la misma será enviada por el Presidente de la FADIC vía email a sus delegados provinciales.

También se comentó que el proyecto ya presentado por la FADIC, no será tratado en tanto y en cuanto no se apropie un diputado del mismo, por lo cual se estudiará dicha posibilidad. Se analizó rápidamente la modificación del proyecto presentado por San Juan, pero no está bien expresado y sigue siendo confuso. Al día de la fecha, aún no he recibido la modificación del proyecto, aunque básicamente lo que se pretende es dejar bien establecido que los profesionales deberán indefectiblemente realizar su matrícula y los trámites de sellados en las provincias, inclusive para las obras nacionales en jurisdicción nacional (por ejemplo obras de la DNV) pero en territorio provincial.